Los contribuyentes que tengan derecho a
las nuevas ayudas fiscales del IRPF aprobadas con la reforma fiscal
pueden solicitar el cobro desde el miércoles a través de la página web de la Agencia Tributaria.
Las familias numerosas o los contribuyentes que cuenten con hijos o
ascendientes a cargo con discapacidad tienen derecho a recibir 1.200
euros anuales. Los llamados impuestos negativos pueden cobrarse de forma
adelantada a razón de 100 euros al mes.
Para ello, los declarantes deben
cumplimentar el modelo 143, un trámite que puede realizarse desde hoy
mediante DNI electrónico, certificado digital, el Pin24horas o el código
Cl@ve. También existe la vía de llamar al teléfono 901 200 345. La
posibilidad de presentar el formulario presencialmente se abre a partir
del 3 de febrero. En cualquier caso, la solicitud deberá cumplimentarse
online desde la página web de la Agencia Tributaria e imprimirla.
El término impuesto negativo refleja que
los contribuyentes pueden recibir el importe aunque su cuota tributaria
sea menor a la ayuda. “El límite para cada una de las deducciones serán
las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y/o
mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera
derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o
descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma
independiente respecto de cada uno de ellos”, señala la Agencia
Tributaria. Las subvenciones son acumulables. Es decir, una familia
numerosa que tenga a cargo un hijo o ascendiente con discapacidad tendrá
derecho a una ayuda de 2.400 euros.
La figura del impuesto negativo no es nueva, aunque hasta ahora se limitaba a mujeres trabajadoras que tuvieran un hijo. A partir de este año, se amplía la casuística. Según los cálculos de Hacienda, 750.000 familias se podrán beneficiar de esta ayuda. Aquellos contribuyentes que no pidan el cobro de forma anticipada recibirán el dinero cuando presenten la declaración anual de la renta.
La reforma fiscal aprobada por el
Gobierno incorpora una rebaja de los tipos y tramos del impuesto que
corrige la subida aprobada por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en
diciembre de 2011. Todos los asalariados percibirán que el tipo de
retención que les aplican sobre sus nóminas se reduce a partir de este
mes de enero. Así, el salario neto se incrementará entre 25 y 30 euros
para la mayoría de contribuyentes. Un trabajador soltero y sin hijos que
gana 30.000 euros verá como su salario neto aumenta en 21,3 euros, lo
que supone un ahorro anual de 255 euros.
Otra de las novedades es que los
contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros anuales no sufrirán
ningún tipo de retención y estarán exentos de tributar por IRPF. Hasta
2014, ello también era así para rentas inferiores 11.162 euros. Hacienda
asegura que su reforma beneficia a los que ganan menos.
Para calcular el tipo de retención no se
tiene en cuenta la normativa de las comunidades autónomas, que tienen
competencia sobre el 50% del impuesto. Así, dos trabajadores que cobren
el mismo sueldo bruto y presenten idéntica situación familiar sufrirán
la misma retención con independencia del territorio en el que residan.
Cuando se presenta la declaración anual entra en juego la legislación de
las comunidades. Andalucía o Cataluña son las autonomías que mantienen
tipos impositivos más elevados y que han renunciado a replicar la rebaja
fiscal aprobada por el Estado. En el lado opuesto destaca Madrid, que
cuenta con gravámenes inferiores al resto.
Fuente:
http://www.expansion.com/
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